BASES Y CONDICIONES SORTEO | MONTEMAR

MES DEL PADRE



  1. Organizador. Vigencia. Este Sorteo es organizado por MONTEMAR, con domicilio en San Martín 1152 Ciudad de Mendoza (en adelante “el Organizador”) y se desarrollará en la Ciudad de Mendoza, desde el 15 de junio de 2023 al 30 de junio de 2023. 

  2. Participantes. Podrán participar de este Sorteo las personas mayores de dieciocho (18) años (los “Participantes”) que residan permanentemente en las provincias donde existan sucursales de la empresa organizadora: Mendoza, San Luis, San Juan, Córdoba o Neuquén.


  1. Forma de participación. 


  • Darle “Me gusta” a la publicación en Instagram que anuncia el sorteo.

  • Etiquetar en los comentarios a otra cuenta.

  • Seguir a @montemarcfsa en Instagram.

  • Compartir la publicación en historias de Instagram y etiquetar en la misma a @montemarcfsa.

Una vez hecho esto ya estarán habilitados para participar del sorteo.


  1. Participación sin obligación de compra. Para participar de este Sorteo no existe la obligación de compra. Las personas interesadas en participar podrán hacerlo en forma gratuita conforme a lo establecido en el punto 3 de estas bases. 

  2. Premios. Se entregarán dos premios sorteados de forma aleatoria: un kit de asador y un equipo matero.

El premio no incluye ningún accesorio u opcional, bien o servicio que no esté descrito.  En ningún caso el premio podrá ser canjeado por dinero, servicios y/o cualquier otro bien ni endosarlo a terceros. 

  1. Sorteo. Al finalizar la vigencia del concurso se configura una base de datos con todos los participantes que cumplan el segundo requisito establecido en el punto 3 de estas bases. Luego, se realizará el sorteo mediante la utilización de un software, que seleccionará al azar a dos Potenciales Ganadores y dos suplentes para cada uno. A continuación, se constatará que los Potenciales Ganadores seleccionados aleatoriamente hayan cumplido con los demás requisitos del punto 3.
    En caso de que no los cumplan o no resulte posible establecer una comunicación basándonos en los datos consignados en el plazo de 24 horas hábiles, los suplentes ocuparán el lugar de Potenciales Ganadores siguiendo el orden establecido por el software. En caso de que los suplentes tampoco cumplan con los requisitos, el sorteo volverá a realizarse repitiendo la modalidad descrita anteriormente hasta conseguir los dos ganadores. El sorteo se realizará el día viernes 30 de junio de 2023 a las 14 horas, en la Ciudad de Mendoza.

  2. Notificación. Los participantes que resulten Potenciales Ganadores serán notificados de su condición de Potencial Ganador a través de Instagram, enviando un mensaje privado a la cuenta con la que hayan comentado en la publicación del sorteo. Lograda la comunicación con los Potenciales Ganadores dentro del plazo de 24 horas hábiles, estos pasarán a considerarse Ganadores. A través del mismo medio, se coordinará con los Ganadores la fecha en la que podrán retirar el premio.

  3. Condición para la asignación del premio. Los Ganadores deberán presentar su DNI para poder retirar el premio. Queda a cargo de los Ganadores todo gasto que por cualquier concepto incurran los favorecidos en el presente sorteo para traslado, estadía y otros gastos para reclamar o retirar los premios. Los Premios nos asignados quedarán en poder del Organizador. 

  4. Retiro de Premios. Cada Premio será entregado en la Sucursal Montemar más cercana al Ganador que corresponda, en un horario y día a acordar con dichos Ganadores. En caso que un Ganador no se presentara a retirar un Premio en el horario y día acordados, perderá el derecho al mismo, sin derecho a reclamo alguno. 

  5. Será a cargo del ganador todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con el Premio y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias y/o del ofrecimiento del premio y el Organizador podrá condicionar la entrega del premio a la acreditación por el Ganador del pago de esos impuestos. 

  6. Cancelación o modificación del sorteo. El Organizador tiene el derecho de cancelar o modificar este Sorteo en forma total o parcial cuando se produzcan circunstancias no imputables al mismo, previa autorización de la respectiva autoridad de aplicación. 

  7. Restricciones de participación. No podrán participar de este Sorteo el personal del Organizador, ni de las agencias de publicidad de dichas empresas, ni los integrantes de la cadena de distribución y ventas, como así tampoco sus familiares hasta el segundo grado. 

  8. Daños y perjuicios. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del premio y/o utilización del mismo. Asimismo, el Organizador limita su ámbito de responsabilidad a la organización integral del presente entretenimiento y a la entrega de los Premios, conforme a estas Bases y Condiciones, en especial por la suspensión, cancelación y/o modificación del evento. 

  9. Difusión de datos. El ganador autorizará al Organizador a difundir sus nombres, documentos, domicilio, voces o imágenes y los de sus familiares, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, y a que los datos registrados para participar del Sorteo integren una bases de datos que podrá ser utilizada por el Organizador, sin derecho de compensación alguna, hasta transcurridos tres años del comienzo del Sorteo. 

  10. Imágenes ilustrativas. Todas las imágenes de los premios publicadas son solo ilustrativas. No se aceptará ningún reclamo, de ninguna naturaleza, fundado en supuestas diferencias entre dichas imágenes y los premios. Las imágenes, logos y marcas exhibidas son propiedad de los titulares. 

  11. Probabilidad. La probabilidad de ganar un premio dependerá inversamente de la cantidad de personas que participen del Sorteo. En el supuesto que participen 5.000 personas, la probabilidad de ganar un premio será de 1 en 5.000. 

  12. Interpretación de las bases. Cualquier cuestión relacionada con la interpretación de estas bases será dirimida por el Organizador exclusivamente y sus decisiones serán inapelables no pretendiendo alterar el espíritu del Sorteo y comunicando previamente a la respectiva autoridad de aplicación. 

  13. Responsabilidad. El Organizador se declara único responsable de la entrega de la totalidad de los premios, liberando y eximiendo de toda la responsabilidad a la entidad autorizante por cualquier incumplimiento. 

  14. Para cualquier cuestión Judicial y/o extrajudicial que pudiera derivarse de este Sorteo, el Organizador y los Participantes se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios del domicilio del demandado. 

  15. Las personas que intervengan en este Sorteo, por su sola participación, aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes bases y condiciones. 

  16. Tratamiento de los datos personales: los datos personales brindados a través de Internet para la participación en este Sorteo serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de Montemar Compañía Financiera. La provisión de los datos por parte de los Participantes del Sorteo es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en el Sorteo. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos de forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse con el Organizador al (contacto de alguien de la empresa)…….. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El registro y participación en el Sorteo implicará el otorgamiento por parte del Participante del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.